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Obtener una visa K-1 para casarse en los Estados Unidos


Puede solicitar que su prometido(a) venga a los Estados Unidos si tiene la intención de casarse. Esta es una visa de no inmigrante que se otorga con el único propósito de traer al cónyuge inmigrante a los EE. UU. para casarse con un ciudadano de los Estados Unidos. La visa tiene una estadía autorizada de solo 90 días. El criterio clave en estas peticiones es la auténtica intención de casarse. Si la pareja simplemente está considerando la opción, esta no es una petición que deban presentar.


Después de casarse en EE. UU. el cónyuge inmigrante debe solicitar su greencard. Para el ajuste de status no debe salir de los Estados Unidos. Los requisitos son los siguientes:

El peticionario debe ser un ciudadano de los Estados Unidos (“USC”), no un residente permanente legal.

  • La pareja debe ser mayor de edad y no tener restricciones para contraer matrimonio.

  • La pareja debe tener la intención de casarse.

  • La pareja debe haberse conocido en persona dentro de los últimos dos años, a menos que él peticionario alegue dificultades extremas o que la reunión vaya en contra de las normas culturales o religiosas de la pareja.

FORMULARIO I-129F, Petición de prometido extranjero


Antes de que el cónyuge inmigrante pueda solicitar la visa K-1, el peticionario Estadounidense debe presentar el Formulario I-129F, Petición de prometido extranjero. El peticionario debe revelar a USCIS cualquier historial de delitos violentos. (Si tiene antecedentes de delitos violentos, busque asesoría legal). Junto con esta petición, debe incluir evidencia de que la relación es de buena fe y que tienen una intención real de casarse. Algunos ejemplos de evidencias que respaldan la buena fe de la relación son:

  • Declaraciones escritas de ambos miembros de la pareja indicando cuáles son los planes de boda.

  • Declaraciones escritas de familiares cercanos que certifiquen que la relación de la pareja es auténtica.

  • Fotografías de la pareja sola y con amigos y familiares.

  • Recibos de suministros para bodas, como vestidos de novia, o contratos con proveedores de bodas.

Después de que se otorgue el I-129, su caso se enviará a la Oficina del Centro Nacional de Visas y ellos lo enviarán a su consulado local. El consulado le enviará una carta con instrucciones e indicando dónde el cónyuge extranjero debe hacerse el examen médico. Una vez que obtenga el examen médico, programe su entrevista consular.

 
 
 

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© 2021 por Ramon Alburquerque, Esq. 127 West 30th Street, 9th Floor, Nueva York, NY 10001 Tel: (929) 383-6650, ralb@alburquerque.com

 

La información proporcionada en este sitio web es únicamente para fines de información general. No debe interpretarse como una comunicación de asesoramiento u opinión legal. Además, esta información no tiene la intención de crear una relación abogado-cliente. Por último, las historias de éxito se basan en casos reales. Sin embargo, cada caso es diferente, y los éxitos pasados no garantizan que todos los casos tengan un resultado similar.

 

Abogado con licencia en buen estado con el colegio de abogados del estado de Nueva York.Anuncio de abogado.

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